Micelio
Auto31 de enero de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Moreno Gonzalez Gilberto·Demandado Municipio De Bucaramanga

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Acciones De Cumplimiento De Actos Administrativos Relacionados Con Los Planes De Ordenamiento Territorial Y Usos Del Suelo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Acciones de cumplimiento de actos administrativos relacionados con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Trece Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y el Juzgado Once Civil del Circuito Judicial de la misma ciudad.

La controversia planteada radica en acción de cumplimiento promovida por un ciudadano, en contra del municipio de Bucaramanga, con la pretensión de que el demandado adelante las gestiones pertinentes para cumplir con el Plan de Ordenamiento Territorial en el sentido de ordenar o renovar el acto administrativo para convocar el Consejo consultivo territorial que garantice la participación ciudadana en los procesos de discusión y concertación de aquel (POT).

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión señalada en el Auto 951 de 2021 para resolver que, en virtud del principio de especialidad y según lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 388 de 1997, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de una acción de cumplimiento, cuando se pretenda el cumplimiento de leyes o actos administrativos relacionados con planes de ordenamiento territorial y usos del suelo por parte de entidades públicas o particulares en ejercicio de función administrativa.

Por consiguiente, resuelve remitir el expediente al Juzgado Once Civil del Circuito Judicial de Bucaramanga para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Trece Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto de competencia entre jurisdicciones y, en consecuencia, DECLARAR que corresponde al Juzgado Once Civil del Circuito Judicial de Bucaramanga conocer la acción de cumplimiento promovida por el señor Gilberto Moreno González contra el municipio de Bucaramanga.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4323 al Juzgado Once Civil del Circuito Judicial de Bucaramanga para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Trece Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.